El Tribunal Administrativo Federal levanta la prohibición de la revista de extrema derecha "Compact"


La revista de extrema derecha "Compact" puede seguir publicándose. El martes, el Tribunal Administrativo Federal de Leipzig levantó la prohibición impuesta por la entonces ministra del Interior, Nancy Faeser (SPD), en el verano de 2024.
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Los jueces confirmaron así su decisión, tramitada mediante procedimiento acelerado el pasado agosto. En aquel momento, habían suspendido temporalmente la prohibición, permitiendo al periódico seguir publicando por el momento. Ahora, el Sexto Senado, responsable del procedimiento principal, ha emitido su decisión final.
Visión racista del mundoFaeser prohibió la revista el 5 de junio de 2024 , describiéndola como un "portavoz central de la extrema derecha". Esto resultó en la suspensión inmediata de la totalidad de la oferta impresa y digital de "Compact". Legalmente, la medida constituyó la prohibición de una asociación. El Ministerio del Interior invocó el artículo 9, párrafo 2, de la Ley Fundamental, en conjunción con la Ley de Asociaciones. Según la Ley Fundamental, están prohibidas las asociaciones "cuyos fines o actividades contravengan el derecho penal o atenten contra el orden constitucional o la idea de entendimiento internacional".
El Ministerio del Interior había argumentado que "Compact" difundía contenido racista, antisemita, conspiranoico y antiminorías. La revista se manifestó agresiva y militantemente contra el orden constitucional y defendió una concepción racialmente nacionalista de la sociedad. En sus artículos, "Compact" utilizaba términos como "mestizaje" en relación con la inmigración, fomentaba la narrativa del "intercambio poblacional" y abogaba por la "remigración" de inmigrantes para mantener una nación étnicamente homogénea. Esto, según argumentaba, reflejaba una cosmovisión racista.
El derecho de asociación también es aplicable a las empresas de medios de comunicaciónEl litigio principal versaba, por un lado, sobre la aplicabilidad de la Ley de Asociación a una empresa de prensa y medios de comunicación. Por otro lado, el tribunal debía resolver si las declaraciones contenidas en los productos periodísticos de «Compact» estaban protegidas por la libertad de prensa y la libertad de expresión consagradas en la Ley Fundamental. Para ello, el tribunal tuvo en cuenta que Compact-Magazin GmbH, dirigida por su director general, Jürgen Elsässer, difunde contenidos no solo a través de la revista mensual «Compact», sino también a través de su propio sitio web, una tienda en línea y un canal de YouTube, además de organizar eventos y campañas.
La empresa de medios, fundada en 2010, tenía su sede anteriormente en Falkensee, Brandeburgo, pero ahora se encuentra en Stössen, Sajonia-Anhalt. Según el tribunal, la tirada de la revista «Compact» es de 40.000 ejemplares, y el canal de televisión en línea alcanza las 460.000 visualizaciones.
En cuanto a la Ley de Asociaciones, los jueces dictaminaron que la libertad de prensa y la libertad de expresión, protegidas por la Constitución, no impiden su aplicabilidad a las empresas de medios de comunicación. Por lo tanto, la Ley de Asociaciones también se aplica a Compact-Magazin GmbH. Además, Compact-Magazin GmbH no es simplemente una empresa de prensa y medios de comunicación, sino una asociación de personas que se considera parte de un movimiento con una agenda política que promueve una perspectiva de poder.
Proximidad ideológica al Movimiento IdentitarioLos jueces de Leipzig señalaron la afinidad ideológica del director de Compact-TV con el Movimiento Identitario y su líder intelectual, Martin Sellner, quien concibió el concepto de remigración . Este concepto busca el retorno de los inmigrantes a sus países de origen. En la medida en que la demanda de remigración, con la que se identifica "Compact", se dirige contra los ciudadanos alemanes de origen migrante, los trata como ciudadanos de segunda clase e ignora la "comprensión igualitaria de la nacionalidad" protegida por la Constitución.
Sin embargo, la libertad de prensa y la libertad de expresión protegidas por la Ley Fundamental no deben verse socavadas por la prohibición de la asociación de una empresa de medios de comunicación. Por lo tanto, la prohibición de una asociación solo debe considerarse si se pretende implementar ideas inconstitucionales, protegidas fundamentalmente por la libertad de expresión, de forma combativa y agresiva.
Para que esto sea así, las actividades inconstitucionales deberían ser "formativas" para la asociación o empresa de medios de comunicación en términos del principio de proporcionalidad. Sin embargo, este umbral "aún" no se ha alcanzado al considerar las declaraciones y actividades de "Compact" relevantes para la prohibición. Por lo tanto, Compact-Magazin GmbH "no cumple todos los requisitos del motivo de prohibición, interpretado restrictivamente, de oponerse al orden constitucional", declara la sentencia.
Crítica exagerada pero permisible a la política migratoriaMuchas de las declaraciones antiinmigratorias citadas por el Ministerio Federal del Interior y publicadas en los medios de comunicación de Compact-Magazin GmbH podrían interpretarse como críticas exageradas a la política migratoria, pero permisibles a la luz de la libertad de expresión. Por ejemplo, las peticiones de requisitos de naturalización más estrictos en la ley de ciudadanía no violan la dignidad humana ni el principio democrático.
En su sentencia, los jueces de Leipzig destacaron que la Ley Fundamental, «basándose en el poder del libre debate social, garantiza la libertad de expresión y de prensa incluso a los enemigos de la libertad». Así pues, las críticas polémicas al poder, las teorías conspirativas y las opiniones revisionistas históricas expresadas en los productos de Compact-Magazin GmbH también gozan de la protección de la libertad de expresión y de prensa consagrada en la Constitución.
Tras la sentencia, el director gerente y redactor jefe de Compact, Jürgen Elsässer, se describió a sí mismo como un "derrotista del gobierno federal". Si bien su revista sufrió daños económicos como consecuencia de la prohibición temporal, el proceso fue "naturalmente también una medida promocional de la Sra. Faeser para nosotros", declaró Elsässer.
¿Tiene esto también relevancia para los procedimientos de prohibición contra la AfD?Además, la sentencia es relevante para una posible prohibición de la AfD . El partido se beneficiará de la sentencia, afirmó Elsässer. «Si es imposible prohibir 'Compact', también es imposible prohibir la AfD, a la que se acusa de los mismos delitos que a nosotros». La Oficina Federal para la Protección de la Constitución había clasificado a la AfD como «ciertamente de extrema derecha», pero tuvo que suspender esta evaluación tras una demanda interpuesta por la AfD.
El abogado de Elsässer, Laurens Nothdurft, consideró el juicio un precedente para la libertad de prensa en Alemania. «En el futuro, un medio de comunicación crítico ya no podrá ser eliminado de un plumazo», declaró Nothdurft. Los jueces de Leipzig tuvieron la última palabra en el asunto. El Ministerio del Interior no tiene ningún recurso legal contra la decisión.
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